Como paso previo, debe usted empezar a revisar las facturas de lo comprado y detallar el canon pagado. Si la factura ya contenía el canon incluido, que su proveedor le detalle el canon pagado en cada factura. Y después consultar al abogado que lleva las cosas de la empresa. El le aconsejará.
Aún no hay ningún proceso. Es todo demasiado reciente
Aún no hay ningún proceso. Es todo demasiado reciente, pero, en principio entiendo que siendo firme la sentencia cualquier administración pública puede ya negarse a pagar el canon digital. Hay algunos ayuntamientos que ya están preparando demandas... pero todo, repito, es demasiado reciente y merece una dormida.
No lo sé porque ese tema no lo conozco apenas. Lo que si se es que los cineclubs tienen graves problemas de subsistencia por el cambio social y tecnológico.
Sí. Tienen convenios internacionales donde representan a los productores internacionales.
Este es un argumento especialmente doloroso para los ciudadanos. Sepa que, el procedimiento enmarca la sentencia y el procedimiento era de una pequeña empresa contra una entidad de gestión, eso marca todo el procedimiento. Lo ideal sería, que puede ser el procedimiento con un usuario final.
El tema de las copias de seguridad es que la LO 15/99 de Protección de datos de Carácter Personal obliga a quien tiene datos de carácter personal ha hacer una copia. Es decir por cumplir una obligación legal, tengo que pagar a un tercer.
En cierta manera es el principio del fin. Cada vez se hacen menos copias privadas porque el streaming esta creciendo exponencialmente.
En en absoluto de acuerdo con usted. Tiene los mismos prejuicios con el vecino, que los que acreditaron los abogados de las entidades de gestión y sus mandantes en este procedimiento en propiedad intelectual.
Sí, por el camino recorrido. Pero sobre todo por lo que nos ha enseñado de cambio paradigmático. La idea piramidal de que todo convergía en un Supremo y en casos excepcionales en un Constitucional ... y que éstos eran soberanos... se ha roto en mil pedazos.
Si el 85% de las normas que se dictan en el Estado Español... son desarrollo de normas comunitarias.... el último tribunal, y en este caso afortunadamente, está en Luxemburgo.
Gracias, me conformo con intentar ser un buen profesional.
Bufff¡¡ Repito.... todo es muy tierno.
El canon pagado puede reclamarlo el consumidor final si cree que no debería haberlo pagado.
No se genera derecho de indemnización por una subida de precios.... Pero recuerde que los daños y perjuicios en España tienen que ser acreditados puntualmente.
La piratería es un delito. el que pague el canon no le da carta blanca para piratear.
Es una profesional perteneciente a un lobby, que por su interés estratégico fue llamada a ser ministra.
Aznar puso el huevo de la serpiente (2003) del presente Canon. No porque cambie el gobierno hay garantía de nada. El grave problema es el miedo cerval que tienen los políticos, cualquiera que sea su bandera, hacia aquellos que se suben a un escenario.
Dependerá de lo que como sociedad queramos. Hemos demostrado que una sola persona puede con un ejército. Sólo necesitamos ser valientes y generosos.
Antes lo he indicado el pleito encasilla la respuesta.
La reclamación civil normal delante del juzgado que corresponda.
Encantado de estar en esta tertulia del Economista. En primer lugar quiero manifestar dos cosas. La primera, es que la situación después de la sentencia plantea un vació legal, vacio que no se había producido nunca en la historia del derecho en España. De ello que, sobretodo por las nuevas circunstancias, se responda por aproximación. En segundo lugar, buena parte de las soluciones que voy a empujar para que se hagan visibles, como el pago del derecho de canon con la compra del producto original... sé que contarán con la oposición de quienes han convertido la propiedad intelectual en

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