
La Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) no puede aplicar precios diferentes por prestar los mismos servicios. Según el Tribunal Supremo, la posición de "monopolio de facto" que ostenta la entidad de gestión de derechos de autor impide que pueda escudarse en su libertad contractual para imponer tarifas discriminatorias. Descargue aquí la sentencia (.pdf).

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