
La profesora de Religión Resurrección Galera, despedida por casarse con un divorciado, ha abogado por una "separación real" para que su caso no se vuelva a repetir después de que la justicia haya desestimado el recurso del Obispado de Almería.
La profesora de Religión Resurrección Galera, despedida por casarse con un divorciado, ha abogado por una "separación real" para que su caso no se vuelva a repetir después de que la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) haya desestimado el recurso del Obispado de Almería y confirmado la sentencia favorable derivada de un pronunciamiento anterior del Tribunal Constitucional (TC) que obliga al Ministerio de Educación a readmitirla y a abonarle los salarios que ha dejado de percibir durante los once años que han transcurrido desde que fue despedida.
Así lo ha trasladado a Europa Press el marido de la profesora, Johannes Romes, quien ha manifestado que ambos se están "contentos" ante este último pronunciamiento ya que "prevalece el sentido común", si bien han lamentado que hayan tenido que transcurrir once años desde que se produjeron los hechos para que exista una determinación, así como que los mismos órganos judiciales que ahora avalan su causa, la desestimaran con anterioridad.
Con esto, Romes ha planteado que tras este largo proceso y a la vista de su resultado "los políticos deberían plantearse cambiar" el sistema de contratación de los docentes de Religión y replantearse "el acuerdo entre la Santa Sede y el Estado Español", que a su parecer "es la piedra angular" de este asunto, ya que las contrataciones que realiza el Estado vienen determinadas por una propuesta previa del Obispado que, finalmente, tiene su aplicación en los centros públicos de la Junta de Andalucía, en este caso.
La sentencia obliga a la reincorporación de Galera a su puesto de trabajo y el abono de los salarios de los últimos once años, unos 200.000 euros, por lo que Romes ha dudado sobre "hasta qué punto el Obispado se puede negar" a readmitir a la profesora, una postura que el Obispado de Almería ya confesó a los medios en rueda de prensa.
Así, afirma además que Galera cuenta con la titulación suficiente así como con la Declaración Eclesiástica de Idoneidad (DEI) que otorga la Iglesia para poder impartir sus clase, sentido en el que no entiendo "por qué miente un representante de la Iglesia", en relación al vicario de Almería, Tomás Cano, al asegurar que ella no está capacitada para dar esas clases. No obstante, ha matizado que la potestad para readmitir a Galera en última instancia es del Estado.
El facherío de "El Economista", ¿no dice nada acerca de esta noticia? Que conste que los de "El Economista" sois unos monstruos. Lo cortés no quita lo valiente...
Lo que no se comenta en este artículo es que es el Estado y no la Iglesia quién pagará los 200.000 euros, es decir lo pagamos todos nosotros. Increible.
Estimada señora:
Usted fue contratada vulnerando la Constitución que dice que España es un estado aconfesional y que sin embargo paga los gastos de la religión católica.
Usted fue elegida a dedo por un obispo y pagada por todos los españoles, creyentes y no creyentes.
Usted se ganaba la vida predicando unas cosas en clase y anatemizando sobre cosas como las que usted ha hecho (casarse con un divorciado). Usted predicaba unas cosas y hacía otras. Usted tiene una cara impresionante.
Ahora clama por esa Constitución continuamente vulnerada y todos los españoles debemos pagar este desaguisado.
Que el obispo nombre a dedo a quien quiera, pero que le pague con el dinero de los creyentes y que las clases se den en las iglesias.
Como docente estoy abochornado de que legalmente usted pase a la categoría de ¿fija? mientras verdaderos profesores han sido despedidos.
Y el obispo se seguirá negando y no la admitirá, pero usted seguirá cobrando. Y mientras se reducen las dotaciones de los colegios y verdaderos profesionales se han ido a su casa.
Para contratar a esta señora, la Iglesia sí estaba por encima de la Constitución
Desaparezca la Iglesia que tanto daño ha hecho en su historia. Base de manipular y contradecir el predicar con el ejemplo ...
En derecho público francés existe un principio general según el cual todo funcionario o trabajador público sólo puede cobrar por los servicios ya prestados, aún teniendo derecho a una indemnización compensatoria a determinar por los jueces.
Me alegro mucho por esta señora el que obtenga una reintegración en su puesto, lo que me parece de poco juicio es darle ONCE AÑOS DE SUELDO PÚBLICO A ALGUIEN QUE NO HA TRABAJADO ni uno sólo de esos días, máxime en un país al borde de la bancarrota.
Por un lado pedimos "predicar con el ejemplo", pero si le pedimos eso a la profesora tenemos que despedirla y entonces es malo. La rigurosidad de los argumentos y la mala baba de la señora son inversamente proporcionales. Ella sabía lo que estaba bien y lo que no, que no venga con cuentos.
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