
El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja reconoce en una sentencia el derecho de unos padres a ejercer la objeción de conciencia a la asignatura de Educación para la Ciudadanía y declara a su hijo exento de cursarla.
De este modo, el Alto Tribunal estima el recurso presentado por los padres del alumno contra la decisión administrativa de la Consejería de Educación, que denegaba la objeción. El fallo declara "la nulidad de pleno derecho de la actuación administrativa objeto del mismo".
Según la sentencia, la asignatura es contraria al artículo 16 de la Constitución ?sobre la libertad ideológica, religiosa y de culto? y el 27 ?derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones?, que alegan los recurrentes.
Según la resolución judicial, los Reales Decretos que regulan y hacen obligatorias la asignatura de Educación para la Ciudadanía "son contrarios a Derecho", aunque su ilegalidad sólo podría declararla el Tribunal Supremo, ya que han emanado del Consejo de Ministros.
La sentencia recoge el voto particular de uno de los tres magistrados, que considera que el recurso debía haber sido desestimado, argumentando que si bien la asignatura si tiene una carga moral, "no tiene una voluntad de "adoctrinamiento".
"No se pretende imponer ningún tipo de moral concreta como sostiene la sentencia, sino que tales contenidos forman parte de la denominada ética cívica entendida como conjunto de valores y principios éticos que una sociedad moralmente pluralista comparte", prosigue el voto particular.
Por último, argumenta que "es una ética mínima", que no trata de imponer una ideología común a todos los ciudadanos. Por este motivo, señala "el fallo jurisdiccional hubiera debido desestimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto".
El pasado mes de marzo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) reconoció por primera vez el derecho a objetar contra la asignatura. En su auto, consideraba que "emplea conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa como son la ética, la conciencia moral o los conflictos morales".
Dos meses después, la Abogacía del Estado inició, en nombre del Gobierno, los trámites para recurrir ante el Tribunal Supremo contra dicha sentencia.
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