La delegación de Gobierno de Cristina Cifuentes vulneró el derecho de reunión al mandar disolver una concentración no comunicada y sancionar con 300 euros a uno de los presentes en septiembre de 2012, según dicta la sentencia emitida ayer del Juzgado Contencioso-administrativo nº 12 de Madrid.
La demanda de protección de derechos fundamentales interpuesta por la Comisión Legal Sol, nacida del movimiento 15M, denunciaba la "manipulación" de delegación al "querer hacer creer que una concentración no comunicada es ilegal", según informan en su web.
Según se refleja en la sentencia, "se ha producido una vulneración del derecho de reunión amparado en el artículo 21 de la Constitución española dado que mediante las actuaciones sancionadoras se enerva la posibilidad de poder reunirse de manera pacífica y en señal de protesta pues la orden verbal dada de disolución no tenía una justificación amparada legalmente que la hiciera procedente".
Y sigue: "Las actuaciones del expediente administrativo tienden a no salvaguardar la seguridad ciudadana que nunca se puso en peligro sino a evitar o limitar el ejercicio pacífico de un derecho fundamental, de reunión que no precisa de más elementos para su desarrollo".
Concentraciones no comunicadas y permitidas
En el texto del juez también se explica que cuando una concentración no es comunicada pero "sigue pautas y derroteros pacíficas y civilizados" la orden de disolución debe tener una motivación específica que en ese caso no tuvo.
Delegación de Gobierno tiene 15 días para recurrir la sentencia.