La Audiencia Provincial de Palma ha condenado a la empresa titular del parque acuático Marineland, situado en Calvià (Mallorca), y a su entidad aseguradora a indemnizar con 17.659 euros más intereses a un hombre que salió despedido de uno de los toboganes de la instalación, accidente fruto del cual sufrió la fractura del hombro izquierdo.
El tribunal de la Sección Tercera revoca la resolución que en primera instancia desestimaba la demanda del afectado al considerar que los hechos no quedaron debidamente acreditados. Sin embargo, la Audiencia estima que es a la empresa a quien correspondía probar que su actuación fue diligente o que la culpa fue exclusiva de la víctima.
En concreto, los hechos tuvieron lugar el 7 de julio de 2008 en un tobogán identificado como 'rapid'. Según el demandante, fue en la segunda ocasión que lo utilizó cuando salió despedido, aseverando que este tobogán constituye una actividad "peligrosa" que conlleva "un riesgo anormal", ello en base a la documentación que ha aportado a la causa y de la que "se desprende que ese tobogán es el de mayor siniestralidad del parque".