
España avanza, pero poco. El Gobierno de Mariano Rajoy (PP) ha dado un impulso a la transparencia, al presentar este lunes el anteproyecto de ley de la nueva norma. Sin embargo, este texto podría presentas demasiadas excepciones y algunas opacidades e inconcreciones. El Ejecutivo ya ha abierto el plazo de la consulta pública para enriquecer la ley, y actores como la ONG Access Info ya se han lanzado a señalar defectos y límites.
Éstos serían los puntos negros del texto:
- No reconoce el carácter fundamental del derecho de acceso a la información pública.
- Muchos límites: el acceso a información sobre seguridad nacional, "funciones no administrativas de los poderes legislativo y judicial", "órganos constitucionales" y la Casa Real, sin ir más lejos, sigue estando vetado. De este modo, datos sobre defensa, relaciones internacionales, salud pública e investigaciones criminales ni siquiera pueden ser solicitados.
- Exclusión de información: la "que tenga carácter auxiliar o de apoyo como la contenida en notas, borradores, opiniones, resúmenes, informes y comunicaciones internas o entre órganos o entidades administrativas" también se queda fuera.
- Protección excesiva de los datos personales: la norma también prevé el rechazo de solicitudes que contengan muchos nombres, por ser tediosa la consulta con terceros. Lo único que si incluye esta excepción es una prueba de interés público.
- Justificación de solicitudes: la norma no exige, pero sí sugiere. "El solicitante podrá incluir los motivos por los que solicita la información y que deberán ser tenidos en cuenta cuando se dicte resolución. No obstante, la ausencia de motivación no será por si sola causa de rechazo de la solicitud", señala. Por otro lado, se podrá inadmitir solicitudes "manifiestamente repetitivas y tengan un carácter abusivo", poniendo coto así a las movilizaciones sociales.
- Silencio Administrativo.
- Ausencia de sanciones: ni las violaciones del derecho ni, sin ir más lejos, la destrucción de documentos se puede castigar.
- Diferente rasero en los plazos: la Administración podrá tener hasta un máximo de dos meses para contestar a una petición pero el ciudadano solo tendrá un mes para presentar reclamaciones.