Política

La juez confirma el procesamiento del PP por destruir los ordenadores de Bárcenas

  • Será la Audiencia de Madrid la que decida sobre la causa
El extesorero del PP, Luis Bárcenas. Imagen: EFE

La juez de Instrucción número 32 de Madrid, Rosa María Freire, ha desestimado los recursos de reforma presentados por la Fiscalía, el Partido Popular y el que fuera informático de la formación José Manuel Moreno contra su decisión de procesar a éste, a la tesorera de la formación Carmen Navarro, al abogado Alberto Durán y al propio partido como persona jurídica por la destrucción de los discos duros de los ordenadores que el extesorero Luis Bárcenas empleaba en la sede de la calle Génova de Madrid.

La juez confirma sus acusaciones en un auto dado a conocer este martes en el que acepta, no obstante, tramitar el recurso de apelación que de forma subsidiaria que presentó el Ministerio Público a fin de que sea finalmente la Audiencia Provincial de Madrid la que adopte una decisión definitiva sobre el caso.

La instructora rechaza los argumentos tanto del fiscal como del propio PP, que entendían que de la investigación de este asunto no se deducen pruebas de la comisión de los delitos de daños informáticos y encubrimiento por parte del partido o sus representantes, por lo que la causa debía ser archivada.

Aplicación de la doctrina Botín 

En paralelo, la defensa del PP y de la tesorera del partido Carmen Navarro ha solicitado a la juez que archive la causa en aplicación de la denominada 'doctrina Botín', tras retirar éste la acusación el pasado 13 de septiembre.

En un escrito de fecha de 21 de este mes, el abogado de la formación Jesús Santos recuerda que al hacerse efectivo dicho desistimiento de acciones el pasado 16 de septiembre ya no se encuentra personada ninguna acusación particular en el presente procedimiento. Señala que hay que tener también en cuenta la Fiscalía, "órgano encargado, según la Constitución, de velar por los derechos de los ciudadanos y los intereses públicos", solicitó el sobreseimiento y archivo de la causa por entender que los hechos investigados no revisten relevancia penal.

"Pues bien, de acuerdo con la jurisprudencia del Excelentísimo Tribunal Supremo que trae causa de su Sentencia núm. 1045/2007, de 17 de diciembre (la comúnmente conocida como "Doctrina Botín"), no es posible mantener una causa penal abierta únicamente a instancias de las acusaciones populares", precisa el escrito, por lo que se pide el archivo.

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