La empresa Diviertt S.L., organizadora de la fiesta de Halloween en el Madrid Arena que se saldó con la vida de tres chicas, había informado al Ayuntamiento de que el número de asistentes a la fiesta iba a ser de "7.000 personas aproximadamente".
El Mundo ha tenido acceso a un documento oficial de Madrid Espacios y Congresos, empresa del Ayuntamiento que alquiló el recinto a Diviertt para la noche de Halloween, deja constancia de este hecho.
Este dato se conoce tras los rumores que filtraron los propios asistentes de que el aforo era excesivo. Comentarios que negó el vicealcalde de Madrid quien explicó que el Madrid Arena tiene una capacidad de 10.600 personas y que según le habían comunicado fuentes de Diviertt se habían vendido 9.600 entradas.
Por tanto, respecto a este comunicado oficial, la venta de entradas se incrementó más de un 35% por lo que se incumplió las previsiones del plan de contingencia presentado al consistorio.
La clave: el aforo:
En este sentido, el juez decano de Madrid, José Luis González Armengol, ha asegurado hoy que la clave fundamental en la investigación de la muerte de las tres chicas es averiguar si se ha superado o no el aforo correspondiente. El juez decano de Madrid ha explicado que el número de personas presentes en la fiesta por metro cuadrado se puede comprobar mediante el análisis de vídeos, fotografías y otros estudios.
Ha destacado que controlar si se supera o no el aforo en ese recinto es competencia de la Policía Municipal, mientras que la seguridad del edificio, donde no pueden entrar las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, es de la empresa de seguridad que contrate la organización del evento.
En la investigación de este suceso, cree que también es importante conocer por qué se ha permitido la entrada a menores cuando no estaba permitido y por qué se ha introducido alcohol en mochilas cuando estaba prohibido. A este respecto ha recordado que el control de las entradas era competencia de la empresa de seguridad contratada para ese evento.
Ha explicado además que, según la normativa, cuando hay un evento de este tipo, la empresa contratante tiene que ajustarse al plan de autoprotección, que tiene que contar con el visto bueno del titular del inmueble, que en este caso es una empresa pública del Ayuntamiento de Madrid.
Según el juez decano, el plan de autoprotección comporta tres parámetros: el aforo, la seguridad del edificio y el control de las evacuaciones. En cuanto al control de las evacuaciones, en las salidas tiene que haber personas de seguridad por si se producen avalanchas como ha ocurrido en este caso.
El juez decano de Madrid ha indicado también que había constancia de que en este mismo lugar se habían producido algún tipo de incidencias tales como intoxicaciones por ingesta de drogas y de alcohol.