Apenas bordeaba los 60 años cuando se le diagnosticó un cáncer de huesos. Al padre de este joven le esperaban unos meses de angustia primero, aceptación después y sufrimiento y dolor finalmente. Y precisamente fue en este final cuando quiso acabar con todo, matarse para aliviar el dolor de una muerte que tarde o temprano llegaría pero que no terminaba de aparecer. Pero no pudo. Ni él, ni su hijo al que se lo solicitó. Un hijo que hoy en día, ya huérfano, lucha por cambiar la ley. Y es que en España la eutanasia es ilegal. ¿Pero qué es exactamente esto de la eutanasia? ¿Y el suicidio médico asistido? ¿Y el testamento vital?
Ya hace casi 20 años que el caso del gallego Ramón Sampedro (Porto do Son, enero 193 - Boiro, enero 1998) despertó las conciencias de los españoles a un término hasta entonces poco conocido. Este marino, tetrapléjico desde los 25 años, decidía poner fin a su vida de forma ilegal tras cinco luchando con la justicia para que le dejase morir. Hoy, 19 años más tarde, el debate vuelve a España con la propuesta de Ley para legalizar la eutanasia que el grupo parlamentario Unidos Podemos presentó en el Congreso el pasado 18 de enero. Una ley de mínimos y garantista que pretende poner sobre la mesa el debate y dotar de un marco legal efectivo a las personas enfermas que en fase terminal, mayores de edad, capaces, conscientes y que tras solicitarlo dos veces en 15 días, quieran poner fin a su vida y a los "dolores físicos y psíquicos intolerables" sin esperar a una muerte segura pero sin fecha.
Un proyecto de ley al que se suman las propuestas de Ciudadanos en diciembre de 2016 y PSOE en febrero de 2017 para regular el derecho a una muerte digna.
¿Cómo está la situación hoy en día en España?
Una encuesta de IPSOS para The Economist realizada en junio de 2015 señala que un 78% de la población española está a favor de legalizar la eutanasia e ir más allá de las leyes autonómicas vigentes sobre el derecho a una muerte digna, del testamento vital, de la negación a recibir tratamientos médicos y de los cuidados paliativos.
Testamento vital o documento de instrucciones previas: en España una persona mayor de edad y en plenas facultades mentales puede firmar un documento estableciendo si quiere o no recibir tratamiento o cuidados paliativos en caso de que enferme y no pueda expresarlo personalmente. Incluso puede determinar qué hacer con su cuerpo o sus órganos una vez llegado el fallecimiento. Se puede designar además un representante para que, llegado el caso, sirva como interlocutor suyo con el médico o el equipo sanitario para procurar el cumplimiento de estas instrucciones.
Sin embargo, no puede solicitar que se le de muerte, solo no tratarlo para intentar acelerarla y sedarlo mientras tanto para no sufrir.
Cuidados paliativos: son aquellos que se brindan al paciente de una enfermedad grave o mortal para mejorar su calidad de vida o aliviar el dolor, pero sin capacidad curativa.
Leyes autonómicas: hoy en día son varias las autonomías que han legislado acerca del derecho a morir dignamente en paralelo a las leyes estatales. Andalucía, Navarra, Aragón, Canarias, Islas Baleares, Galicia, País Vasco y recientemente Madrid han elaborado leyes para garantizar los derechos de una persona en el proceso de muerte. Pero si bien pretenden mejorar los cuidados paliativos que reciben estos pacientes, ninguna de ellas contempla la eutanasia, al ser un delito todavía penado en el Código Penal. Por ello, se trata de leyes que en realidad no cambian nada.
¿Qué quiere esta nueva ley?
Ante esta realidad, la nueva propuesta legislativa quiere abrir el debate y profundizar en los derechos del paciente legalizando conceptos como la eutanasia o el suicidio médico asistido. "El Estado debe proteger la vida pero no imponer el deber de vivir", asegura el texto.
Eutanasia: las acciones de un médico y un equipo de profesionales sanitarios para causar el fallecimiento rápido e indoloro a un enfermo grave, cuya muerte es inevitable y que padece "sufrimientos físicos o psíquicos intolerables".
Suicidio médicamente asistido: es el propio enfermo -cuya muerte es inevitable y que padece sufrimientos físicos o psíquicos intolerables- el que finaliza con su vida con la asistencia de un médico. Este tan solo le proporciona los medios para hacerlo y le atiende durante el proceso.
Limitación de las medidas de soporte vital: la estimación por parte de los médicos de la utilidad del tratamiento y la conveniencia de retirarlo o directamente no iniciarlo si solo va a prolongar la vida pero no a curar una enfermedad. En ese caso, se trata de evaluar si mantener las terapias necesarias para garantizar al máximo el bienestar del enfermo.
La propuesta de ley limita así la aplicación de esas técnicas a enfermos terminales con dolores físicos o psíquicos intolerables que en plena posesión de sus facultades lo hayan solicitado al menos dos veces en un plazo de 15 días. En ningún caso podría aplicarse a personas de edad avanzada que prefieran no seguir viviendo o cualquier otro tipo de solicitante.
Queda ahora por ver si esta ley llegará a debatirse en el Congreso o morirá como una propuesta. El próximo lunes 13 de marzo finaliza el plazo para que el Gobierno vete o no su debate. Si supera este trámite, la Mesa del Congreso tendrá que permitir su discusión en una de las comisiones del Congreso, paso tras el cual llegaría al pleno. ¿Qué votarían los diversos partidos políticos en dicho caso? De momento, Unidos Podemos y PNV ya han dado su sí y el PSOE y Ciudadanos se muestran proclives aunque prefieren no atarse las manos. El PP, en cuyo último Congreso Nacional debatió una enmienda sobre la eutanasia, sería de momento partidario al no.