Los trabajadores tienen derecho a reclamar una indemnización en los casos donde las empresas ejecuten una práctica prolongada en el retraso las retribuciones salariales en aquellas situaciones donde el periodo de demora resulta excesivo. Según la doctrina del Tribunal Supremo, en la Sala de lo Social, en una sentencia que consta a 10 de enero de 2023.
Uno de los problemas más desagradables para un trabajador puede ser el de encontrarse en un puesto de trabajo que desea abandonar. Cuando la situación pasa a ser tensa un pensamiento recurrente puede ser el de abandonar la empresa y acabar con el problema de raíz. Pero tiene un inconveniente: en esos casos no tendrá derecho a prestaciones por desempleo.
El término 'excedencia' le suena a la mayoría de los trabajadores como algo lejano, una especie de privilegio, y en todo caso un mecanismo que les permite dejar su trabajo durante un tiempo y en unas condiciones que a menudo no se conocen en exceso.
Los trabajadores gozan de una serie de derechos inherentes a su propia condición de trabajador que van desde lo más básico y fundamental (que las condiciones de trabajo sean dignas, por ejemplo) hasta aspectos que a menudo buena parte de los mismos trabajadores no conocen o no descubren en su totalidad.
Los trabajadores gozamos de muchos derechos que nos pertenecen por nuestra mera condición de empleados pero de los que sabemos más bien poco o, incluso, pensamos que son leyendas urbanas que no tienen que ver con nuestra actividad. Pero no por ello dejan de existir (ni de ser disfrutables).
Es relativamente frecuente encontrarse con familiares, amigos o conocidos que, por algún tipo de emergencia o gasto imprevisto, vean cómo se les complica el mes antes de tiempo y llegan muy justos económicamente hasta el cobro de la siguiente nómina.
Si un trabajador recibe una carta de despido por parte de su empresa tiene el derecho a defenderse en caso de que considere la medida injustificada. Si la conciliación entre las partes no soluciona el problema puede ser necesaria la resolución del conflicto en el Juzgado de lo Social o los tribunales. Y ahí surge la figura del despido improcedente.
Siempre se centra la atención en la protección de los derechos de los trabajadores al ser estos los que a menudo suelen estar en peligro o en riesgo. Sin embargo, en paralelo a esos derechos los empleados de una empresa ostentan una serie de obligaciones y responsabilidades que también le vinculan de forma total.
Si un trabajador no se encuentra bien en su empresa siempre tiene la opción de dejar su puesto de trabajo para buscar un nuevo y evitarse un ambiente laboral incómodo. Esta alternativa cuenta con un gran hándicap: al marcharse de forma voluntaria no tendrá derecho a ningún tipo de compensación económica ni a prestaciones por desempleo.
Partiendo de la base de que todo hijo de vecino preferiría estar en su casa antes que trabajar, lo cierto es que muchos trabajadores afrontan situaciones delicadas en sus empresas que les hacen pensar en cuáles son sus posibilidades y opciones de revertir esos episodios que les afectan en la vida laboral y cotidiana.
Los trabajadores, por su mera condición de empleados, tienen una serie de derechos que a menudo no les son conocidos del todo y que, sin embargo, pueden serles de mucha ayuda en situaciones concretas. Es el caso de las excedencias, algo que suena a una especie de privilegio pero a la que tienen realmente derecho la mayoría de los trabajadores.
Los trabajadores no tienen derecho a percibir la cuantía total de las pagas extraordinarias cuando estos se encuentran dados de baja médica por incapacidad temporal (IT), por otro lado, sí les corresponde una cantidad proporcional en función de las horas trabajadas previas a la incapacidad. Así lo retracta el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJ) en la Sala de lo Social Sección Primera, en una sentencia fechada a 2 de diciembre de 2022.
Tomarse un descanso en el trabajo a menudo (aunque depende de la toxicidad del entorno laboral en el que se trabaja) suele considerarse como una pequeña licencia a la que nadie se opone, pero que no deja de ser una muestra de manga ancha por parte de la empresa, una concesión que no tiene por qué ser concedida.
El traslado de una empresa asociada al sector de la construcción, de una localidad a otra, y cuyo recorrido transcurre una totalidad de 300 km o más, se considera una movilidad geográfica justificada, siempre y cuando el contrato de los trabajadores aparezca reflejado el servicio para centros itinerantes. Así lo refleja el Tribunal Supremo en la Sala de lo Social Primera de Madrid en una sentencia registrada a 14 de diciembre de 2022.
Los trabajadores tienen, al firmar un contrato laboral, estipulada una jornada que también regula sus descansos y sus días libres a la semana. Sin embargo, existen determinadas situaciones en las que no solo hay que acudir a ese contrato y en las que se les reconoce el derecho a tener días de libranza complementarios en supuestos concretos.
Cuando un trabajador enferme o sufre una lesión que le incapacita en su trabajo tiene derecho a solicitar una incapacidad temporal, la tradicional 'baja' que los empleados se cogen (previa visita al médico) para poder recuperarse reposando en su domicilio. Es un derecho reconocido en el Estatuto de los Trabajadores, pero como cualquiera de los que recoge la norma debe realizarse de forma correcta.
La normativa laboral contempla diferentes tipos de despidos que se ajustan a las condiciones en las que tienen lugar y que, en función de la denominación, pueden otorgar al trabajador una protección especial. Con todo, cualquiera de los despidos que la empresa decida adoptar ha de hacerse conforme a lo que reza esa normativa que los regula. De lo contrario podemos estar ante un despido improcedente.
A veces es complicado llegar a fin de mes y el sueldo se le queda corto al trabajador. Algún gasto imprevisto, una emergencia o simplemente el alto coste de la vida por la inflación, cualquier circunstancia puede poner en aprietos a un empleado. Pero en ciertas situaciones es posible pedir una ayuda a la propia empresa.
El crédito horario sindical es una de las garantías que el Estatuto de los Trabajadores otorga a los representantes unitarios y sindicales de las personas trabajadoras para que puedan realizar de manera eficaz y regulada sus tareas de representación y defensa de los intereses de dichos trabajadores.
La mayoría de los trabajadores no considera su jornada laboral precisamente un 'caramelito'. Y no solo porque constituye a menudo un periodo de muchas horas sin estar en casa o dedicándose a sí mismo tiempo de calidad u ocio, sino porque todo ese tiempo forma una unidad inquebrantable en la que las horas y los minutos transcurren más lento de lo habitual.
Alrededor de 4.000 letrados pertenecientes a la administración de justicia inician hoy una huelga que se extenderá a los días 29 y 30 de noviembre y 15 y 16 de diciembre de 2022. La manifestación podría prolongarse y pasar a ser indefinida a partir de dichas fechas.
Los trabajadores que firman un contrato con una empresa tienen en todo momento la libertad de cortar esa relación extinguiendo dicho contrato. Una decisión que, sin embargo, tiene contrapartidas en muchos casos: el empleado queda descubierto y sin opción a prestaciones por desempleo, por lo que sus ingresos se interrumpen de forma instantánea.
A menudo los trabajadores no son plenamente conscientes de todos los derechos laborales que les concede la normativa española. Al margen de lo que estipule el contrato firmado con la empresa o el convenio colectivo que le afecte, esos derechos le darán ciertas ventajas en varios casos concretos en los que el Estatuto de los Trabajadores sale a su amparo.
El ponente, el magistrado-juez Contreras de Miguel, razona que según la doctrina establecida en la sentencia de 1 de julio de 2010, el Tribunal Supremo (TS) ha establecido que el empresario puede en determinadas ocasiones retractarse de su decisión de despido en el periodo de preaviso.
El trabajador tiene múltiples derechos reconocidos por la normativa para que pueda llevar a cabo sus funciones en la empresa dentro de una cobertura que garantice su seguridad y bienestar. Pero, en paralelo, también se compromete en la firma del contrato a respetar una serie de límites que son, en la práctica sus obligaciones en el día a día.
La posibilidad de hacer un parón para coger una excedencia es un derecho de los trabajadores que aparece explícitamente reconocido en el Estatuto de los Trabajadores. Es uno de estos derechos que, a base de no ser practicado por demasiados empleados, parece una realidad fuera del alcance de la mano. Sin embargo, la verdad es tozuda: siempre que el ciudadano se encuentre en una circunstancia encajada dentro de los parámetros permitidos por la ley, podrá cogerse una excedencia.
Un despido siempre es una circunstancia incómoda para el trabajador, ya que le obliga a situarse en una nueva coordenada dentro del mercado laboral: desempleado y en búsqueda de un nuevo puesto, sin un sueldo mensual y a la espera de encontrar la estabilidad financiera. Aunque existen diferencias en función de la situación en que haya tenido lugar ese despido.
En determinadas ocasiones los trabajadores se encuentran en situaciones de alta presión en su empresa. Esta tensión no tiene por qué deberse al nivel de trabajo, también puede relacionarse con aspectos derivados de sus propias condiciones laborales y con cambios en las mismas que les afecten de forma significativamente negativa.
El descanso es un derecho imprescindible de los trabajadores durante su jornada laboral, entre jornadas laborales y entre las semanas en las que desarrolla esas jornadas. Se trata de un aspecto que se presume habitual, pero que aparece regulado de forma muy específica para que no se cometan irregularidades de ningún tipo que afecten a la salud de los trabajadores.
Uno de los derechos de los trabajadores es el de poder estar de baja en las situaciones de incapacidad temporal sin perder derecho a seguir cobrando determinados porcentajes de su base reguladora. Sin embargo, este derecho está regulado y vigilado de tal forma que los empleados no se escuden en él para aprovecharse de forma flagrante en perjuicio de la empresa.