El Código de Buenas Prácticas Bancarias es una normativa, de adscripción voluntaria, aprobado en 2012 para proteger a familias sin recursos amenazadas por el desahucio al no poder hacer frente a su hipoteca. Abría un catálogo de medidas para reestructurar su deuda o, en el peor de los casos, quitársela de encima dejando al banco la vivienda siempre que su situación empeorase de forma dramática. Los requisitos para beneficiarse de esas medidas están hoy bajo revisión a fin de ampliar el colectivo de beneficiados y adaptarlo a la nueva situación.
El grupo Villar Mir ha suscrito un acuerdo con el Banco Santander que recoge una dación en pago sobre varias de las obras de arte de la familia y que se ha hecho de forma previa al vencimiento de los pagos de la deuda que tenía contraída con el banco que preside Ana Botín. Según han señalado a EFE fuentes conocedoras, no ha habido ningún impago sino un acuerdo previo al vencimiento de la deuda con la entidad financiera.
La dación en pago de la vivienda a un tercero, que no sea la entidad bancaria acreedora del crédito hipotecario, está exenta de tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) -conocido popularmente como Plusvalía-.Así, lo reconoce la Dirección General de Tributos (DGT) del Ministerio de Hacienda, en respuesta a una consulta vinculante, de 2 de octubre de 2018, en la que concluye que en la redacción literal de la exención permite sostener tal interpretación.
Adveo ha vendido al fondo Sandton Capital Partners sus activos y sociedades en Francia, Italia, Bélgica y servicios globales por un importe entre 13,3 y 15,5 millones de euros, una oferta vinculante de compra que no incluye las participaciones de las filiales española, portuguesa y alemana ni de la propia compañía.
La nueva ley hipotecaria entrará en vigor en marzo de 2019 y traerá cambios en las reglas del juego del mercado hipotecario. La normativa traspasa el 87% de los gastos en la conformación del contrato a los bancos, reduce comisiones al cliente y elimina cláusulas abusivas. En contraprestación, las entidades analizarán en profundidad la solvencia del cliente antes de concederle un préstamo. Estos son los grandes cambios que traerá en nuevo año en las hipotecas.
La ley hipotecaria que modifica las condiciones de los contratos de préstamos a inmuebles busca acabar con la asimetría entre banca y cliente a la hora de cerrar un crédito a la vivienda y exige que las entidades tenga un plus de responsabilidad en su comportamiento hacia el prestatario. La normativa aborda una reducción de las comisiones que desembolsa el prestatario por la amortización anticipada, los intereses de demora, el cambio del contrato de variable a fijo o de moneda extranjera a moneda nacional, además de reducir los gastos hipotecarios para los clientes. El Congreso ha aprobado hoy la norma.
El texto que conforma la ley hipotecaria ha pasado hoy el penúltimo trámite. La comisión de Economía y Empresa del Congreso aprobó por 29 votos a favor, 7 en contra y una abstención el informe de la ley, que a partir de hoy se remitirá al pleno de la Cámara para su tramitación. Así, si se cumplen las fechas, los diputados votarán la nueva ley el próximo 20 de diciembre, con la intención de que llegue al Senado en el mes de febrero. El objetivo es dar luz verde a la nueva normativa antes de que finalice el primer trimestre del año. Esto son los puntos clave:
La nueva Ley Hipotecaria que hará pagar a la banca todos los gastos derivados de un crédito hipotecario, menos la tasación, y que rebaja a la mitad las comisiones de amortización por reembolso, podría entrar en vigor en marzo, una vez que sea aprobada definitivamente por el Pleno del Senado.
Mientras que las entidades financieras se mantienen en silencio a la espera de que el Congreso apruebe una versión final de la futura Ley Hipotecaria, el lobby en el que se engloban los bancos españoles, la Asociación Española de Banca (AEB), ejerce de portavoz.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla ha emitido un auto por el que acepta la propuesta de la administración concursal de sancionar a los empresarios de moda Victorio y Lucchino con la inhabilitación para gestionar empresas, aunque no los imputa de generar la situación de insolvencia de las empresas afectadas por el concurso.
Limitar el precio que los propietarios particulares pueden pedir por el alquiler de sus viviendas, como se hace en París o en Berlín, solo sirve para encarecer la renta y reducir la oferta, según ha defendido el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, durante una intervención este miércoles en el Congreso de los Diputados.
Unidos Podemos ha presentado una enmienda a la totalidad al proyecto de Ley hipotecaria para ser debatida este jueves en el pleno del Congreso y pide mayor transparencia y claridad en los contratos así como más protección para el comprador de vivienda.
El PSOE y Ciudadanos pedirán esta semana en el Congreso una reforma de la actual Ley de Segunda Oportunidad que frene las ejecuciones hipotecarias para colectivos vulnerables o que facilite la exoneración de las deudas de pymes y familias a través de la dación en pago de su vivienda habitual.
Bankinter ha ampliado a la modalidad de tipo fijo y mixto su 'Hipoteca sin más', un préstamo que incluye la dación en pago por contrato y que hasta ahora se ofrecía a un tipo de interés variable.
Quabit Inmobiliaria aumentó sus pérdidas en el primer semestre del año un 6,8%, hasta 3,5 millones de euros, debido a que no recoge los beneficio de las nuevas promociones, que se contabilizan en el momento de la entrega de las viviendas.
El pago de impuestos realizado por un contribuyente a una Administración tributaria no constituye una entrega de bienes a título oneroso y, por tanto, no tributa por el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), según establece el Tribunal de Justicia de la UniónEuropea (TJUE) en una sentencia de 11 de mayo de 2017.
El Juzgado de Instrucción 9 de Alicante ha acordado el sobreseimiento libre de la causa abierta a la Confederación Empresarial de la Provincia de Alicante (Coepa), tras la denuncia interpuesta por el Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Servef), por supuestas irregularidades en el gastos de subvenciones. Según el auto, notificado a las partes, los presuntos delitos de fraude de subvenciones, falsedad, estafa y apropiación indebida por los que ha estado investigada la patronal alicantina estarían prescritos. Tampoco aprecia "indicios racionales" del delito de insolvencia punible.
Los diseñadores andaluces obtuvieron por fin este miércoles el permiso del Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Sevilla para vender la vivienda en la que nació el pintor sevillano en 1599, donde se encontraba su emblemático taller. Con esta transacción, Victorio y Lucchino intentarán salvar la deuda que mantienen con varios acreedores.
El euríbor rompió ayer un nuevo mínimo al alcanzar en tasa diaria un 0,1% negativo, hecho que complica aún más la difícil gestión de las hipotecas por parte de los bancos, que están inmersos en la polémica de los litigios por cláusulas suelo, dación en pago y reparto de gastos de formalización de los gastos.
La entidad financiera deberá dar de baja del fichero de morosos al hipotecado que había dejado de pagar algunas cuotas de la hipoteca, figurando en estos registros a pesar de haber alcanzado un acuerdo con el banco.
El magistrado del juzgado de Instrucción número 2 de Teruel ha condenado al Banco Santander a dar de baja en los ficheros de morosos a un hombre que dejó de pagar algunas cuotas de la hipoteca y ha obligado a la entidad financiera a indemnizarle con 9.000 euros.
No hace mucho que el mercado hipotecario español era objeto de estudio y admiración por parte de todos los países. ¿Qué le hacía tan atractivo desde la óptica económica? Prácticamente todo. A destacar: la rapidez en la concesión de la financiación, la facilidad en el acceso al préstamo, el importe financiado que en algunos casos superaba el valor de la vivienda, los tipos de interés con diferenciales tan reducidos que eran la envidia de los consumidores en otros países, las posibilidad en tipos de préstamos...
"La falta de transparencia de la entidad financiera, que era Bankia, era tan seria, que se la ha declarado en rebeldía por no haber contestado ni siquiera a la demanda". Así, lo explica el juez titular del Juzgado Mercantil nº 10 de Barcelona, el magistrado Manuel Ruiz de Lara, a elEconomista, que se ha convertido en el centro de la actualidad informativa, tras la sentencia que anula por abusiva la cláusula que impide entregar la casa y cancelar la deuda con el banco o lo que es lo mismo, la dación en pago sin haberla negociado con el banco. El fallo ha recibido fuertes críticas por parte de los juristas.
En los últimos meses, la litigiosidad que afecta a los créditos hipotecarios españoles se ha disparado en los juzgados. A la retroactividad total que el Tribunal de Justicia de la UE exige para la devolución de las cláusulas suelo, se sumó recientemente la sentencia de un juzgado de Granollers que obligaba a BBVA a restituir a un cliente todos los costes de formalización de una hipoteca. Y, esta misma semana, un juzgado barcelonés imponía a Bankia la dación en pago de la vivienda de una persona que dejó de pagar las cuotas.
La sesión ha despertado con importantes caídas en las eléctricas y, sobre todo, en el sector bancario, que sigue pagando las dos 'bofetadas' que se ha llevado en los últimos días con la sentencia sobre las cláusulas suelo y la dación en pago sobre las hipotecas. El Banco Popular es uno de los valores más bajistas de la sesión y cede más de un 1%.
Los juristas rechazan, en líneas generales, la primera sentencia que declara nula la cláusula de responsabilidad personal universal. El fallo considera que es abusiva por no haberse negociado con el cliente y venir, por tanto, impuesta por el banco. Los expertos piden prudencia, ya que el fallo del juzgado Mercantil nº 10 de Barcelona, publicado ayer por elEconomista, no es firme y todavía las partes pueden recurrirlo. La sentencia obliga a la entidad a resolver el contrato hipotecario -y, por tanto, la deuda- una vez entregada la vivienda.
Una sentencia del 7 de diciembre de 2016 del Juzgado Mercantil nº 10 de Barcelona ha anulado la cláusula que obligaba al titular del crédito a continuar abonando el pago de la deuda aunque ésta ya hubiera pasado a la propiedad de la entidad bancaria. Puntualizar, ante todo, que se trata de una sentencia que puede ser perfectamente recurrida en apelación ante la Audiencia. Por lo tanto, no es definitiva.
Consulte aquí la sentencia (.pdf) Basta con entregar la vivienda al banco para que quede saldada la deuda hipotecaria. Así lo estipula el juzgado Mercantil nº 10 de Barcelona, en la primera sentencia -de 7 diciembre de 2016- que declara nula la cláusula de responsabilidad personal universal, al considerar que es abusiva por no haberse negociado con el cliente y venir, por tanto, impuesta por el banco. El juez descarta que el notario aporte transparencia a los contratos hipotecarios.
Un fallo del Juzgado Mercantil de Barcelona amenaza con desestabilizar el sistema de ejecución de hipotecas. La ley prevé que, si el cliente del banco no puede afrontar su deuda, entregue la vivienda a la entidad. Ésta la subastará y, en el probable caso de que la puja quede desierta, el banco puede adjudicarse el 60% de su valor y reclamar al cliente que responda del resto de la deuda con sus bienes presentes y futuros. Esa obligación se deriva de la cláusula de responsabilidad personal universal, que las hipotecas contienen.