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19/06 | El Economista Ecoley

Hacienda ejecutará las deudas tras una única negativa a suspenderlas

La reiteración de las solicitudes de suspensión no impedirá el inicio del periodo ejecutivo cuando antes Hacienda haya denegado otra solicitud previa, sobre la misma deuda tributaria, según se establece en un Reglamento que va a modificar varios reglamentos impositivos como el de desarrollo de la Ley General Tributaria (LGT), el General de Recaudación, el del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el de Impuestos Especiales (IIEE) o el de Gases Fluorados (IGF).